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Departamento Jurídico

Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

1. Realizar seguimiento, control y registro de los procesos disciplinarios de la Red asistencial, en especial los de la Dirección de Servicio, debiendo informar del estado de los mismos, y adoptar medidas que propendan a la adecuada gestión de dichos procesos y cumplir con el mandato legal establecido en la Ley 20.000.
2. Proporcionar soporte legal a la Dirección de Servicio de Salud O`Higgins, en especial en lo relacionado a gestión de convenios, abastecimiento y recursos físicos, debiendo velar por la legalidad de los procesos y actos administrativos de su área. Además de controlar el cumplimiento de las obligaciones
de la Dirección del Servicio de Salud O’Higgins establecidas en la Ley N° 20.285 y cumplir con el mandato legal establecido en la Ley N° 20.000 y lo dispuesto en las leyes 20.285 y 20.730 relacionadas con las funciones de Transparencia y regulación del Lobby y Gestión de Intereses Particulares.
3. Asumir la representación judicial y extrajudicial del Servicio de Salud, ante el Consejo de Defensa delEstado en los procesos de mediación de conformidad a la ley 19.966, así como en las diversas materias de conocimiento de los Tribunales de Justicia u otros de igual carácter.

Artículo de la ley, reglamento, u otro acto administrativo

DL N ° 140

Jefatura

Francia Zurita San Martín

  • Subdepartamento de Procesos Administrativos

1. Asesorar jurídicamente a los hospitales de la Red Asistencial en materias administrativas, reglamentarias y legales, con la finalidad de entregar soporte legal.
2. Analizar, confeccionar y visar diferentes convenios, sea de colaboración, de atención primaria u otros, que tengan relación con entes públicos o privados, y que han sido previamente gestionados por las distintas unidades del Servicio.
3. Analizar, confeccionar y visar diferentes resoluciones exentas y afectas de materias relacionadas con aprobación de bases, adjudicaciones, licitaciones públicas, privadas y trato o contratación directa, deserciones, inadmisibilidades; anulaciones; rectificaciones; modificaciones; adiciones, como confección, revisión y visación de contratos de suministros o prestaciones de servicios correspondientes, entre otros de orden interno administrativo del Servicio.
4. Elaborar contratos administrativos, modificaciones a los mismos y respectivos actos administrativos aprobatorios, brindar apoyo legal en el desarrollo de los mismos, emitiendo pronunciamientos jurídicos declarando el término de los mismos y requiriendo la aplicación de multas y/o cobro de garantías cuando proceda.
5. Realizar informes jurídicos sobre las diversas materias de índole administrativa que se soliciten por parte de las diversas áreas.
6. Cumplir con el mandato legal que la Ley 20.000 de drogas les ha entregado a los Servicios de Salud del país, realizando las tareas de acopio, custodia y emisión de informes a los Fiscales adjuntos de cada Región en los procedimientos de las Unidades Policiales, generándose un expediente de cada causa que permite ser incorporado en las Audiencias de juicio en distintos tipos de delitos, tales como: el cultivo no autorizado, tráfico en pequeñas cantidades, tráfico de drogas y en faltas a la Ley, tales como: consumo en lugares públicos en general, etc.
7. Realizar las acciones necesarias para cumplir con las obligaciones de la Dirección del Servicio de Salud, establecidas en las Leyes N° 20.285 y N° 20.730 que dicen relación con la disponibilidad de información pública relevante y actualizada en forma periódica, con la regulación del lobby y Gestión de Intereses Particulares, así como de responder y entregar, a solicitud de los ciudadanos, los documentos y la información generada en el proceso de gestión y administración del Organismo.

Artículo de la ley, reglamento, u otro acto administrativo

DL N ° 140

Jefatura

Jorge López López

  • Sección de Transparencia y Lobby

“1. Mantener a disposición permanente del público, a través del sitio electrónico de la Dirección de Salud, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N° 7 de la ley N° 20.285.
2. Responder solicitudes de información de los ciudadanos respecto a la gestión y administración del Servicio de Salud, de acuerdo a las orientaciones y reservas establecidas en la ley N° 20.285, o derivar en caso que no corresponda.
3. Responder solicitudes del Consejo de la Transparencia ante reclamos de los usuarios.
4. Facilitar fiscalizaciones del Consejo para la Transparencia, según las atribuciones con que cuenta este Organismo y la Contraloría General de la República, establecidas en la ley N° 20.285.
5. Velar por el cumplimiento de los principios establecidos en la Ley N° 20.285.
6. Gestionar y realizar las acciones necesarias para cumplir con las obligaciones de la Dirección del Servicio de Salud y la Red asistencial, establecidas en la ley 20.730 de regulación del lobby y Gestión de Intereses Particulares, resguardando siempre la probidad y transparencia en los procesos.”

Artículo de la ley, reglamento, u otro acto administrativo

DL N ° 140

Jefatura

Darío Vera Neira

  • Sección de Decomiso

1. Realizar procedimiento Administrativo regido por la Ley Nº 19.880 que tiene por objeto la generación de documentos en procedimientos sancionados por la Ley Nº 20.000 y su Reglamento (Acta de Recepción del Decomiso, Cadena de Custodia, Informes de Análisis, Actas de Destrucción del Decomiso).
2. Realizar Actos Materiales en relación a la Ley Nº 20.000 de drogas, a saber: Recepción de incautaciones de sustancias, custodia, incineración, etc.
3. Realizar constante comunicación con los Fiscales adjuntos de la Región, en torno a la Información referida al procedimiento policial realizado.
4. Realizar trámite del expediente del decomiso y delito asociado en relación al plazo de investigación otorgado por los Jueces de Garantía.
5. Realizar proceso contemplado en la Ley Nº 20.000 de drogas, la Norma Técnica General Nº 07 y el Manual de Procedimientos propio de la Unidad.

Artículo de la ley, reglamento, u otro acto administrativo

DL N ° 140

Jefatura

Francia Zurita San Martín

  • Subdepartamento de Procesos Disciplinarios

1. Elaborar los actos administrativos que digan relación con la instrucción, plazos, recusaciones, sobreseimientos, recursos, aplicaciones de sanciones según lo determine la autoridad, así como todos aquellos relacionados con la materia.
2. Realizar las gestiones pertinentes para ante la Contraloría Regional de O´Higgins que digan relación con la responsabilidad administrativa, entre ellos la elaboración de resoluciones afectas, oficios y/o remisión de información a dicho organismo.
3. Realizar seguimiento y cobranzas de los procesos disciplinarios instruidos por la Dirección de Servicio, manteniendo actualizados los instrumentos relacionados a la materia de su competencia, entre ellos el manual de sumarios de acuerdo a los plazos de investigación establecidos en la Ley.
4. Brindar apoyo a la gestión de los fiscales designados en cada proceso, a través de una inducción inicial y entrega de manual de procesos disciplinarios.
5. Elaborar informes jurídicos por cada proceso de investigación que ingrese al Subdepartamento y también aquellos que sean requeridas por la autoridad.
6. Mantener de manera periódica el estado de seguimiento de los procesos sumariales al día y las brechas existentes en la materia.
7. Tramitar los procesos disciplinarios más complejos y/o relevantes ordenados por la Dirección de Salud O`Higgins, asumiendo el rol de fiscales en comisión para el logro de estos.

Artículo de la ley, reglamento, u otro acto administrativo

DL N ° 140

Jefatura

Viviana Ramirez Apablaza

  • Subdepartamento de Mediaciones y Juicios

1. Representar al Servicio y Establecimientos de la Red Asistencial ante el Consejo de Defensa del Estado en los procesos de mediación conforme a la ley 19.966, estableciendo en cada caso la posición del Servicio para mejor resguardo de sus intereses.
2. Representar al Servicio y Establecimiento de la Red Asistencial ante los Tribunales de Justicia, en materias civiles, penales, laborales y demás que sean atingentes, realizando en cada caso el análisis pertinente y la reunión de los antecedentes que permitan el mejor resguardo de los intereses del Servicio.
3. Mantener e informar en forma periódica el estado de tramitación de los juicios y mediaciones a la autoridad y cada vez que sea requerido.
4. Tomar parte del Órgano Consultivo Médico creado por resolución exenta N°1960 de 23 de mayo de 2022 del Servicio de Salud O´Higgins, en cada ocasión que sea pertinente y necesario.
5. Tomar parte de la Comisión de Acuerdos Judiciales, debiendo convocar a la citada comisión, así como entregar a dicha comisión la información de la o las causas sometidas al conocimiento de la misma.
6. Elaborar informes que sean requeridos y necesarios en aquellas causas judiciales o de mediación en las cuales se propongan bases para acuerdos.
7. Informar al Subdepartamento de Procesos Disciplinarios, los antecedentes pertinentes para los efectos del artículo 38 y 53 de la Ley N°19966.
8. Elaborar las respectivas resoluciones internas de pago relacionados a juicios o mediaciones, informaren tiempo oportuno al Subdepartamento de Sumarios, a fin de que se instruyan los procesos disciplinarios pertinentes en cada caso.

Artículo de la ley, reglamento, u otro acto administrativo

DL N ° 140

Jefatura

Bárbara Donoso Ríos